Publicado el Viernes 18 de enero de 2008
  Edición No. 931
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Deuda con la niñez

En 1990, Panamá firmó la Convención de los Derechos del Niño, y desde entonces debía adecuar su legislación para velar por los derechos de los niños y niñas del país.

MARÍA DEL PILAR MÉNDEZ
Los adultos tenemos que ser conscientes de que los niños y adolescentes tienen derechos que debemos respetar y que son también, capaces de satisfacer sus necesidades correctamente, si los padres les han dado un buen ejemplo.
LA PRENSA | Archivo

LHan pasado 18 años desde que Panamá se hizo eco de la necesidad de que a los niños se les reconocieran sus derechos. Sin embargo, en las leyes panameñas nada se hablaba de los derechos del niño, hasta la aparición del Código de Familia, con algunos puntos basados en la Convención de los Derechos del Niño, tratado internacional de las Naciones Unidas, adoptado el 20 de noviembre de 1989.

En 2005, el presidente Martín Torrijos instaló una comisión que durante cuatro meses trabajó para la creación de un borrador de la Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia.

Luego, el Ministerio de Desarrollo Social (Mides) tomó el esbozo y trabajó en él durante dos años, para presentar el anteproyecto que ahora se encuentra en la Asamblea Nacional de Diputados.

Este proyecto de ley ha despertado controversia entre el pueblo panameño. Tiene voces a favor y otras en contra, aunque los últimos no niegan la importancia de reconocer los derechos de los niños y adolescentes.

> Cambio de enfoque

María Roquebert, ministra de Desarrollo Social, asegura que esta ley busca fortalecer a la familia y que ésta pueda cumplir su rol prioritario de proteger a los niños.

La ministra comenta que una de las bases de esta ley es que en cada comunidad exista un comité conformado por lugareños que se encarguen de garantizar el cumplimiento de los derechos y deberes que tienen los niños y adolescentes.

Además, este comité debe estar al tanto de cualquier caso de niños abusados o maltratados y reportar esta situación a una instancia superior para que varios organismos, no sólo el judicial, formen parte de la solución.

El comité de desarrollo comunitario estará conformado por individuos que representen a los moradores. Tendrá representación de los hombres, de las mujeres, de adultos mayores, de personas con discapacidad y uno de la niñez, cuya edad debe oscilar entre los 14 y 18 años.

El trabajo infantil también está contemplado dentro de la ley de protección.
LA PRENSA | Archivo

Por sobre este comité estarán los comités distritales de protección social, los cuales tienen como objetivo asegurar la realización de los derechos de la niñez y la adolescencia en el distrito.

Los integrarán: un representante de la Alcaldía; dos del Consejo Municipal; un delegado distrital del Ministerio de Educación; un delegado distrital del Ministerio de Salud; un delegado distrital del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral; un delegado distrital del Ministerio de Vivienda; un representante del Registro Civil; dos representantes de las asociaciones de padres de familia; y dos adolescentes mayores de 14 años residentes en la comunidad.

El consejo provincial - comarcal es el que le sigue en jerarquía a los consejos distritales. El Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia será el ente que regirá al comité de desarrollo comunitario, a los comités distritales de protección social y al consejo provincial - comarcal. Éste lo conformarán más de 20 representantes de diferentes entidades, tanto del Estado como no gubernamentales, incluidos el Presidente de la República o a quien designe en su nombre.

> Puntos críticos

Roquebert considera que la falta de información sobre la ley es la que ha puesto a muchos en contra de la misma, pero reconoce que en algunos casos hay legítima preocupación por su contenido.

En primera instancia, se dice que estos son nuevos derechos, a lo que ella responde que éstos ya estaban contemplados dentro de la Convención de los Derechos del Niño. Entre los temas que causan inquietud está la patria potestad y la posibilidad de que puedan quitársela a un padre de familia. La ministra asegura que dentro del documento no figura tal cosa y aclara que lo que se busca es que los padres jueguen su papel.

Dentro del proyecto se estipulan parámetros para la adopción, pues Roquebert señala que es vital que la legislación panameña actualice sus reglamentos para este proceso.

El único artículo que trata sobre religión, es el que se estable que, al igual que los adultos, los niños tendrán libertad de profesar su fe y no ser discriminados por eso. En ningún momento se dice que podrán escoger la religión que prefieran.

La titular del Ministerio de Desarrollo Social también señala que los niños, niñas y adolescentes no podrán llevar a sus padres ante las autoridades, a menos que ya exista el caso en el juzgado. El maltrato o abuso de un infante no deja de ser delito y debe ser castigado según lo que estipula la Constitución.

El Ministerio de Educación también será uno de los encargados de proteger los derechos de los niños y adolescentes.

> A favor, pero hay errores

Ramón Alemán, abogado y miembro de la junta directiva de Casa Esperanza, coincide en que esta ley es necesaria y la considera como vanguardista, pero hay artículos con los que no está de acuerdo.

Alemán, quien participó en la elaboración del primer borrador, opina que lo bueno de esta ley es que ha creado conciencia y que la gente debate sobre el tema de la niñez, aunque no esté bien informada, poniéndolo en el ojo público.

Debido a la próxima contienda electoral, el jurista cree que a los políticos les interesa la rápida aprobación del proyecto, pero esto no debe tomarse a la ligera y tiene que ser estudiado minuciosamente. Sin embargo, todos los gobiernos deben asumir el compromiso de darle continuidad.

Al igual que Roquebert, Alemán señala que en ningún artículo de esta ley, en el Código de la Familia o en la Constitución, se quita la patria potestad de los padres. Pero recalca que algunos padres de familia no han sabido ejercer su función.

A esto, agrega que el gran problema en Panamá es la falta de familias. Dice que de cada 100 niños, 26 viven en un hogar conformado por una pareja y de éstos, el 87% está casado sólo por lo civil o en unión libre. ‘Se supone que este es un país muy creyente en Dios, pero si realmente fuera así, tendríamos una gran cantidad de matrimonios religiosos, lo que acrecentaría los valores morales’, acotó.

Los derechos conllevan responsabilidades, dice Alemán, y menciona que estos derechos no le permiten a los niños y adolescentes hacer lo que quieran. Los padres pueden poner condiciones sin perder su autoridad.

El obstáculo, declara el jurista, es que los papás no han asumido la fuerza, al igual que los educadores, para controlar a sus hijos o estudiantes. No se trata de golpearlos con correas, pues esto ya está prohibido por ley, pero no significa que los padres no puedan aplicar la disciplina.

En otro punto, Alemán explica que hay quienes dicen que el derecho a la recreación le da al joven la oportunidad de divertirse cuando le plazca y no es así. El padre puede poner reglas al hijo, es decir, que si no cumple con sus deberes tanto escolares como en el hogar, no podrá entretenerse, ya que debe cumplir con sus responsabilidades.

Ahora bien, al derecho a la recreación viene ligado el deporte, sin embargo, sostiene el abogado que la mayoría de los parques están en malas condiciones y hasta son zonas peligrosas, puesto que los delincuentes los usan para venta de drogas y demás.

Por otro lado, los medios de comunicación también están contemplados en la Ley Integral de Protección. Esto obedece a que han perdido su función social, afirma Alemán, creando falsos valores y consumismo. El proyecto de ley estipula que los medios de comunicación deben colaborar en la formación de los niños, niñas y adolescentes, divulgando información de interés social y cultural.

La Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia tiene sus raíces en la Convención de los Derechos del Niño promulgada por la ONU.
LA PRENSA | Archivo

Sobre los comités, el jurista señala que deberán estar conformados por personas que tengan conocimientos, aunque sean básicos, de los derechos de los niños y adolescentes. Ello representa una inversión de dinero y tiempo, que el Gobierno deberá asumir para capacitarlos.

En este punto, a consideración de Alemán, el último artículo está mal elaborado, pues determina que la ley debe entrar a regir al publicarse en la Gaceta Oficial. ‘Se necesitará más tiempo para que las alcaldías y juntas comunales puedan organizar todos estos comités nuevos. Hay corregimientos muy pobres que no podrán poner esto a funcionar enseguida’.

> Desde la psique

La Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia tendrá repercusiones no sólo en la sociedad, sino también en el comportamiento de los individuos que la integran.

‘Siempre y cuando la ley se mantenga dentro del marco de la promoción del fortalecimiento de las familias y fomentar las relaciones sanas, se consideraría efectivo implementar políticas que protejan al niño y al adolescente en el contexto familiar’, señala Marilú de Argote, terapeuta de niños y adolescentes de la clínica Transiciones.

Para la especialista, en la familia, la jerarquía de los padres es la máxima autoridad, en donde el término autoridad ha sido malinterpretado con autoritarismo, dando pie a los abusos que convierten a la familia en disfuncional. Agrega que un hijo que se siente por arriba de sus padres y los controla, es alguien que no está incorporando el respeto y el manejo de la autoridad. ‘En la protección infantil debe considerarse el reconocimiento de que todo hijo dentro de una familia, se encuentra vinculado a ésta y que no debe verse al niño o al adolescente como un ente aislado, sino a la familia como un sistema de relación y de interacción. Si algo no está resultando en un niño o adolescente, es necesario ayudar a la familia, en especial a los padres, brindándoles herramientas positivas para favorecer el crecimiento individual y familiar’, manifiesta Argote.

> Más información

La Ley de Protección Integral de la Niñez y la Adolescencia consta de 358 artículos y para quienes estén interesados en leer la ley completa, ésta se encuentra en la página web del Mides: www. mides. gob. pa.

En otras culturas
Religiones como el judaísmo reconocen que un niño a los 13 y una niña a los 12 ya son capaces de ser considerados como adultos dentro de su sinagoga. Gustavo Kraselnik, rabino de la Congregación Kol Shearith Israel, comenta que esto se debe a que cuando esta religión fue establecida, hace más de dos mil años, los niños se casaban y formaban parte de la fuerza laboral muy jóvenes. Además, la expectativa de vida era menor, por lo que se consideraba que los varones a los 13 años y las niñas a los 12, ya eran adultos.

Para celebrar esta transición a la adultez, se realiza el bar mitzva (niños) y el bat mitzva (niñas). Esto significa que el joven tiene las obligaciones y responsabilidades de un adulto dentro de la congregación religiosa, como participar en las plegarias. Fuera de la sinagoga, tiene los deberes y derechos de un adolescente como cualquier otro.


 
 
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